¡Newsletter! Decreto 1736 del 20 de Octubre – Incentivo a la creación y permanencia de los nuevos empleos formales
Santiago Zambrano | Publicado el |
Decreto que busca promover incentivos para la permanencia de los nuevos empleos formales.
El día de hoy explicaremos la expedición del decreto 1736 del 20 de octubre 2023, el cual modifica algunos capítulos de la sección 10 del decreto 1072 de 2015, único reglamentario del sector trabajo y se reglamenta “el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales”
El presente decreto modifica el artículo 2.2.6.1.10.1 del decreto 1072 de 2015, donde tiene por objeto “reglamentar el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales” y su aplicación a las cooperativas de trabajo asociadas, el cual permite financiar costos laborales, como los pagos de seguridad social y parafiscales.
Aplica para todos los empleadores que generen nuevos empleos mediante la contratación de trabajadores adicionales, aplicará igualmente para aquellos que vinculen a personas en condición discapacidad
El incentivo se financiará con cargo a los recursos del presupuesto general de la nación en la sección presupuestal del Ministerio de trabajo y estará sujeto a la disponibilidad con la que cuente el Gobierno Nacional.
Reglas para los beneficiarios del incentivo a la generación de nuevos empleos que modificada el anterior artículo 2.2.6.1.10.4 del Decreto 1072 de 2015.
- Se tomará como referencia el número de empleados o trabajadores asociados por cada empleador o cooperativa asociada, según hubiera cotizado en el mes de marzo 2021 y se considerará el número de trabajadores adicionales sobre el total de los reportados en la planilla integrada de liquidaciones de Aportes PILA
- La empresa beneficiaria del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales deberá contratar a la persona que desempeñe el nuevo empleo por un tiempo no inferior a seis (6) meses.»
- El empleador no recibirá el incentivo a que hace referencia la presente Sección por aquellos trabajadores a los que se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal de contrato de trabajo o de licencia no remunerada SLN para el mes por el que está recibiendo el incentivo.
Procedimiento de postulación para la obtención del incentivo a la generación de nuevos empleos que modifica el anterior artículo 2.2.6.1.10.6. Del Decreto 1072 de 2015
Los empleadores y cooperativas de trabajo asociado que cumplan con los requisitos de la presente Sección deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:
- Solicitud firmada por el representante legal en la cual, se manifiesta la intención de ser beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos
- Que los empleados sobre los cuales se otorgue el incentivo efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior.
- Que, al momento de la postulación, los pagos de seguridad social para el mes de marzo de 2021 se encuentran al día, para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
- Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la postulación
El empleador solo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo un máximo de doce (12) pagos.
Si se postula implica la aceptación, por parte del beneficiario, de las condiciones bajo las cuales se otorga el incentivo de que trata esta Sección. La postulación no implica el derecho a recibir el incentivo a la generación de nuevos empleos
El ministerio de trabajo establecerá el proceso y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión de otorgamiento del incentivo
Aquellas personas que reciban uno o más incentivos o aportes estatales de los que trata la presente resolución sin el cumplimiento de los requisitos establecidos incurrirán en las responsabilidades disciplinarias, fiscales y penales a las que hubiere lugar
Se modifica el artículo 2.2.6.1.10.7. del Decreto 1072 de 2015, “Temporalidad del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales” El incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales de que tratan la presente resolución, estará vigente hasta el mes de agosto de 2026.»
Si quieres consultar directamente el decreto para más información puedes verlo y descargarlo aquí.