¿Cuáles son los lineamientos normativos, permiten a las empresas, desarrollar una
correcta gestión del personal contratista, siguiendo los parámetros del Sistema de
gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo?
• Código Sustantivo del Trabajo Art. 30 junio de 1951
• Decreto 1072 de 2015
• Decreto Ley 1295 de 1994
• Decreto 676 de 2020 EPP
• Resolución 4272 de 2021
• Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
• Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo.
• Realizar actividades de prevención y promoción.
• Incluir al personal contratista en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Permitir la participación del contratista en las capacitaciones que realice el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Verificar en cualquier momento el cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud necesarios para cumplir la actividad contratada.
• Informar a los contratistas afiliados en riesgo IV y/o V sobre los aportes efectuados al Sistema General de Riesgos Laborales.
• Adoptar los mecanismos necesarios para realizar el pago anticipado de la cotización, cuando el pago del aporte esté a su cargo.
• Suministrar, a sus contratistas, los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada.
• Procurar el cuidado integral de su salud.
• Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales.
• Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los
contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías
Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales.
• Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
• Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato.
El contratista sea evaluado periódicamente en las condiciones establecidas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Contratante.
Los Contratistas deberán informar periódicamente sobre inspecciones o auditorías que realicen las autoridades competentes, dando los resultados de estas.
Establecer reuniones periódicas entre el Contratante y los Contratistas para evaluar conjuntamente el avance en el cumplimiento de los estándares de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
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