¡Newsletter! ¿Sabías que la secretaria de movilidad cuenta con un Centro de Orientación para Víctimas por Siniestros Viales (ORVI)?
Santiago Zambrano | Publicado el |
¿Conocías sobre ORVI (Orientación a Víctimas de Siniestros Viales)?
El ORVI es una entidad creada con el fin de informar y orientar de manera gratuita a las víctimas por siniestros viales y sus familiares, acerca de los procesos que pueden seguir en materia social, jurídica, psicológica y de formación tras un incidente de tránsito. Disponen de medios presenciales y virtuales para que las víctimas de siniestros viales y/o sus familiares puedan acceder al servicio.
Es gracias a esta entidad que Bogotá D.C. se convirtió en la primera ciudad de Colombia y la segunda en América Latina, en contar con un Centro de Orientación para Víctimas por Siniestros Viales
¿A qué tipo de personas ayudan?
A toda persona que haya sufrido daño o afectación como consecuencia directa de un siniestro vial.
¿Qué hacen?
Ofrecen herramientas para adaptarse adecuadamente a las nuevas condiciones de vida.
Su prioridad es Garantizar un trato con enfoque de derecho, diferencial y de género para todas las personas. Desarrollando su programa de orientación mediante el desarrollo de un programa centrado en la querella
¿Qué es la querella?
Es la parte inicial en todos los procesos de lesiones personales, desarrollada en de acuerdo a las exigencias legales o jurídicas para ayudar a las víctimas de los siniestros viales, que reportan resultados positivos para ayudar a las víctimas de siniestros viales a lo largo de la historia sobre ORVI.
¡RECUERDA!
Esta entidad ha estado ofreciendo orientación a las víctimas de siniestros viales desde el 2014 y que hayan sido registradas por medio del IPAT (Informe Policial de Accidentes de Tránsito) o cuya ocurrencia pueda ser comprobada.
También esta entidad no actúa como un ente de reacción inmediata al siniestro de tránsito, ni como un mecanismo de atención primaria en salud. En caso de emergencia, llama al 123.
Por último, recuerda que el cubrimiento de la ORVI es dentro de la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta el ámbito territorial de los trámites, con el fin de que estos puedan llegar a ser eficientes y efectivos.
¿CÓMO ES EL PROCESO DE ATENCIÓN?
- Programas tu cita.
- Realizamos a acogida es decir validaremos tus necesidades y guiaremos en tu orientación dependiendo que necesites en material Social, Psicológica o Jurídica.
- Ejecuta la Orientación con un equipo de profesionales de los diferentes enfoques.
- Finalizamos el cierre del proceso de orientación en cada uno de los enfoques sugeridos
- Por último, se dispone un seguimiento sobre los avances de tu proceso de orientación sobre el actuar futuro de la víctima.
¿Cuál es el Marco Jurídico que cubre?
- Acuerdo 761 de 2020: En donde sé válida que por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 se cree un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI, para el desarrollo de una mejor Bogotá, buscando prevenir accidentes viales, y futuros daños.
- Decreto 813 de 2017: En donde se estipula y por el cual se adopta el Plan Distrital de Seguridad Vial y de Motociclista 2017-2026” Plan Distrital de Seguridad Vial 2017-2026, buscando reforzar y prevenir Siniestros Viales.
DEBERES DEL CENTRO DE ORIENTACIÓN A VÍCTIMAS DE SINIESTROS VIALES:
El ORVI reconoce y se compromete a velar por los siguientes derechos de los usuarios:
- A recibir buen trato, sin discriminaciones de raza, color, sexo, nacionalidad, idioma, religión, cultura, etnia, orientación sexual, opinión política o jurídica, situación económica, atributos físicos o cualquier condición.
- A recibir atención oportuna, eficiente y de calidad sin importar las limitaciones de movilidad, habla o escucha.
- A participar activamente de los procesos de transformación de la entidad por medio de los camales autorizados.
- A obtener información, orientación y respuestas claras de forma gratuita sobre las PQRS instauradas a través de los canales de atención y en los tiempos establecidos por la ley.
- A solicitar y recibir información de movilidad de manera confidencial y a obtener copia de la misma, en cumplimiento de los términos legales.
- A solicitar aclaración, actualización o rectificación de los datos contenidos en la base de datos de la entidad.
- A realizar los trámites ante la Secretaria de Movilidad establecidos en los procedimientos y sin intermediarios.
- Al acceso de la información de interés general, su divulgación activa y la posibilidad de consulta a través de los canales de los canales de comunicación habilitados.
- A acceder a espacios adecuados para la atención o prestación del servicio al ciudadano en condiciones de comodidad, seguridad, aseo y accesibilidad universal.